Aumenta el plazo para solicitar las ayudas de Economía Social

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La concejalía de Educación, Formación y Empleo notificó que se amplia el plazo de presentación de Solicitudes a programas de Fomento de la Economía Social. Estas ayudas están reguladas por la Orden de 26 de marzo de 2009 y podrá optarse a ellas desde el 30 de julio de 2009 hasta el 31 de octubre del mismo año.

Las empresas de Economía Social pueden demandar subvenciones según los siguiente programas: Empleo en Cooperativas y Sociedades Laborales, Ayuda Adicional al Empleo en Economía Social, Asistencia Técnica en Economía Social, Reestructuración Financiera e Inversiones en Economía Social.


 
Fomentar el empleo

Mediante esta ampliación del plazo que inicialmente terminaba el pasado 20 de julio, las empresas podrán optar a subvenciones al incorporar a nuevos socios trabajadores. Estas ayudas contemplan cantidades que oscilan entre los 7.000 y los 11.500 euros.

Si la contratación de Directores, Gerentes y Técnicos es por cuenta ajena, a jornada completa y por un tiempo indefinido, la cuantía de la subvención será del 50% del coste salarial del primer año con un máximo de 12.000 €. Además se podrá ampliar la ayuda anterior si el capital desembolsado es como mínimo de 4.500 €. En este caso la subvención cubrirá el 35% del capital aportado con un límite de 5.000 €.

Estudios y comunicación

Otras actividades como la realización de estudios para la empresa tendrán una dotación que varía entre los 1.500 euros y los 4.000 €. Esta circunstancia obedecerá a la naturaleza del estudio llevado a cabo.

De tal manera, los estudios para la obtención de financiación y sobre gestión empresarial recibirán una subvención de hasta 1.500 €. Los destinados a auditoria, selección de personal y formación podrán alcanzar los 2.000 €, mientras que los encargados al diseño de la imagen corporativa y su difusión mediante catálogos comerciales y páginas Web tendrán como límite los 3.000 €.

Reestructuración financiera

Según se desprende de la orden publicada por la Concejalía se subvencionará los préstamos necesarios para llevar a cabo un Plan de Reestructuración Financiera de Sociedades Anónimas Laborales, Sociedades Limitadas Laborales y Sociedades Cooperativas. Dichos préstamos, que obligatoriamente deberán formalizarse durante 2009, deberán ir destinados a la cancelación de préstamos de la empresa, y deberán tener un plazo mayor o un coste financiero menor que el préstamo cancelado.

La subvención podrá ser de hasta 4 puntos de interés.

El tipo de interés anual resultante, una vez aplicada la subvención, no podrá ser inferior al 2%. Dicha subvención no podrá superar los 80.000 euros, por empresa.

Inversión

Las ayudas a la inversión consistirán en Subvenciones financieras y Subvenciones a fondo perdido.

Se tendrá acceso a las primeras mediante la subsidiación de hasta 4 puntos de interés de los préstamos destinados a financiar la inversión.

Los créditos concedidos por las Entidades Financieras serán concedidos por las entidades de crédito a una Tasa Anual Equivalente máxima al 7% y del 6,5% en caso de exigirse garantía hipotecaria. El tipo de interés anual resultante, una vez deducida la subvención, no podrá ser inferior al 2 %.

La cuantía máxima subvencionable del principal del préstamo será de 600.000 euros

El plazo máximo subvencionable será de 20 años, pudiendo incluir 2 años de carencia de amortización del principal.

Por otro lado las subvenciones a fondo perdido podrán alcanzar hasta el 40% de la inversión realizada, siendo necesario que la empresa disponga de unos recursos propios de al menos el 25% de la inversión subvencionada.

Estas dos ayudas serán compatibles entre si, no pudiendo superar la suma de ambas el 60% del valor de la inversión realizada, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), ni los 90.000 euros por empresa.
 

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